Convocatorias Abiertas Permanentes

¿Cuándo, dónde y cómo me puedo inscribir?

¿Cuándo inscribirse?

¡IMPORTANTE!

Por cambios en las convocatorias, no se podrán realizar inscripciones hasta nuevo aviso

¿Dónde inscribirse?

La inscripción se realiza UNICAMENTE  a través de la aplicación informática SIGPEAC (Sistema Integrado de Gestión del Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias)Podrás encontrar el enlace a SIGPEAC en nuestra web en diferentes apartados, como puede ser en cada una de las convocatorias que se encuentran en vigor o en la página principal.

Acceso a SIGPEAC

¿Cómo inscribirse?

Alta en la aplicación SIGPEAC

      1. Una persona candidata que entre por primera vez  tendrá que darse de alta en la aplicación pinchando en «ALTA DE CANDIDATO» , para ello tendrá que disponer de un correo electrónico o  cl@ve permanente. La contraseña se le enviará una vez haya pinchado en ¿olvido su contraseña?.
      2. Usuarios que ya se hayan registrado en la aplicación, tendrán que acceder con «LOGIN».

Inscripción

      • Acceder a la aplicación SIGPEAC.
      • Seleccionar la convocatoria deseada.
      • Cumplimentar TODOS los datos que solicita la aplicación (datos personales, estándares de competencia que se quieren acreditar, historial profesional e historial formativo)
      • Adjuntar los documentos justificativos de experiencia y formación NO formal (vida laboral, contratos de trabajo, justificantes de empresa y certificados de cursos)

Entrega de la inscripción

      • Con firma electrónica, se realizará a través del REGISTRO TELEMÁTICO de la aplicación informática.
      • Sin firma electrónica, en este caso, habrá que IMPRIMIR y FIRMAR la inscripción y presentarla en una oficina de registro, en una oficina de correos por procedimiento administrativo o en el centro gestor de la convocatoria.

En el caso de no adjuntar de forma electrónica la documentación justificativa, la persona candidata tendrá la responsabilidad de imprimir todo en papel y entregarlo, dentro del periodo de inscripción al centro gestor, de cualquiera de los medios siguientes:

      • En la sede electrónica del Gobierno de Aragón, de forma telemática, (https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general).
      • En este caso, en el asunto de la solicitud se deberá de indicar el código del procedimiento y el ORG del centro gestor, y a continuación incluir el siguiente texto “Procedimiento electrónico nº 509″
      • Oficinas de Registro del Gobierno de Aragón o el resto de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PCAAPP.
      • En las ofinas del centro gestor de la convocatoria.
      • Oficinas de Correos, «por procedimiento administrativo».

Confirmación de la inscipción

Una vez admitido en el procedimiento, se tendrá que CONFIRMAR la inscripción a través de la aplicación SIGPEAC y realizar el pago de la tasa de asesoramiento.

¿Hay que pagar tasas?

El pago de tasas se realiza dos veces a lo largo del Procedimiento de Acreditación de Competencias y solamente cuando ya se está admitido en el procedimiento. El importe de las tasas son:

Tasa de Asesoramiento:

Esta tasa  es un pago único de 33,87 €, es independiente del número de estándares de competencia inscritos en asesoramiento. Se tiene que  pagar cuando se ha confirmado la inscripción después de recibir la comunicación del centro gestor y generar el documento de pago desde la aplicación SIGPEAC.

Tasa de Evaluación:

Esta tasa se tendrá que pagar una vez finalizado el asesoramiento, en el momento de la matrícula en la fase de evaluación. Son 16,93 € porestándar de competencia, hasta un máximo de 84,65 €. El documento de pago se genera desde la aplicación SIGPEAC.

Están exentos del pago de las tasas:

    1. Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos e hijas, conforme a la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo.
    2. Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de inscripción en la fase de asesoramiento.

TASA 37: fijada por el texto refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, y modifcada por Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Dónde hay que pagar tasas?

Una vez que nuestra inscripción se encuentra en estado VALIDADA en la aplicación informática del SIGPEAC tendremos que CONFIRMAR LA INSCRIPCIÓN y en ese momento podremos descargar el documento de pago. El pago se tendrá que realizar de:

  1. Forma presencial en una entidad financiera colaboradora con el  Gobierno de Aragón:
      • Banco Santander
      • BBVA
      • Ibercaja Banco
      • CaixaBank
      • Caja Rural de Aragón (Bantierra)
      • Caja Rural de Teruel
      • Caja Rural de Soria
      • Laboral Kutxa
  2. Forma presencial en oficinas postales de Correos y Telégrafos
      • El pago se realizará mediante giro postal por el total del importe a ingresar.
      • Es importante resaltar que las tarifas y demás cantidades que pueda cobrar Correos por la prestación del servicio de giro postal no son ingresos a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  3. Pago Telemático mediante:
      • Tarjeta
      • BIZUM
      • Cargo en cuenta

Tras realizar el pago, de cualquiera de las dos opciones, habrá que adjuntar el documento de pago a la aplicación informática SIGPEAC.